Alicante, 16/09/2012
El director general de Desarrollo Estatutario, José Manuel Miralles, aseguró ayer sábado que la Ley de Relaciones Familiares de los Hijos e Hijas cuyos Progenitores no conviven cuenta “con un gran calado social que ya está beneficiando a un gran número de valencianos y determina, sin lugar a dudas, un nuevo modelo de relación a las familias donde se rompe la unión de los padres“.
Miralles ha realizado estas declaraciones durante la ponencia sobre custodia compartida “El reto de ser padres en igualdad“, dentro de la I Jornada de Derecho y Protección del Menor, que se celebró ayer en Torrevieja.
Durante su ponencia, el director general ha hecho un repaso de la Constitución y de diferentes Estatutos de Autonomía y ha resaltado que el Estatuto de la Comunitat Valenciana en su artículo 49.1.2ª señala que la Generalitat tiene competencia exclusiva sobre “conservación, desarrollo y modificación del Derecho Civil Foral Valenciano“.
Miralles ha recordado que se trata de una Ley “con demanda social creciente, para que en los casos de ruptura o no convivencia entre los progenitores, la convivencia con los hijos e hijas menores haga compatible el principio fundamental del interés superior de cada menor, el principio de igualdad entre los progenitores y el derecho de cada menos a convivir con ambos“.
El director general de Desarrollo Estatutario, José Manuel Miralles, aseguró ayer sábado que la Ley de Relaciones Familiares de los Hijos e Hijas cuyos Progenitores no conviven cuenta “con un gran calado social que ya está beneficiando a un gran número de valencianos y determina, sin lugar a dudas, un nuevo modelo de relación a las familias donde se rompe la unión de los padres“.
Miralles ha realizado estas declaraciones durante la ponencia sobre custodia compartida “El reto de ser padres en igualdad“, dentro de la I Jornada de Derecho y Protección del Menor, que se celebró ayer en Torrevieja.
Durante su ponencia, el director general ha hecho un repaso de la Constitución y de diferentes Estatutos de Autonomía y ha resaltado que el Estatuto de la Comunitat Valenciana en su artículo 49.1.2ª señala que la Generalitat tiene competencia exclusiva sobre “conservación, desarrollo y modificación del Derecho Civil Foral Valenciano“.
Miralles ha recordado que se trata de una Ley “con demanda social creciente, para que en los casos de ruptura o no convivencia entre los progenitores, la convivencia con los hijos e hijas menores haga compatible el principio fundamental del interés superior de cada menor, el principio de igualdad entre los progenitores y el derecho de cada menos a convivir con ambos“.
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