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21 may 2026 NCV (Noticias Comunitat Valenciana)

El Supremo respalda a la Generalitat sobre la regulación de las viviendas turísticas y anula el Registro Único del Gobierno por no tener competencias

  • Marián Cano destaca la importancia del pronunciamiento judicial para consolidar un marco de regulación sin duplicidades y con plena seguridad jurídica en el ámbito de las viviendas turísticas
  • Exige al Gobierno de España cumplir la sentencia y abrir de inmediato una vía de diálogo con las comunidades autónomas
     

Valencia, 21/05/2026
La consellera de Industria, Turismo, Innovación y Comercio, Marián Cano, ha valorado positivamente la sentencia del Tribunal Supremo que estima parcialmente el recurso presentado por la Generalitat Valenciana contra el Real Decreto 1312/2024, por el que el Gobierno central reguló el Registro Único de arrendamientos de corta duración, vinculado a viviendas turísticas y alquileres comercializados a través de plataformas digitales, y creó la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos.

La sentencia, dictada el pasado 19 de mayo por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, anula los preceptos relativos al denominado Registro Único de arrendamientos de corta duración al considerar que el Estado carece de título competencial para establecer una regulación exhaustiva de un registro nacional que se superpone a los registros autonómicos ya existentes en materia de viviendas turísticas.

En este sentido, Marián Cano ha señalado que “el Tribunal Supremo confirma que la Comunitat Valenciana tenía razón al advertir que el modelo impulsado por el Gobierno generaba duplicidades, inseguridad jurídica y un solapamiento con las competencias autonómicas en materia turística”.

La titular de Turismo ha recordado que la Comunitat Valenciana dispone desde hace años de un registro autonómico plenamente operativo para las viviendas de uso turístico, “que ya garantiza el control de la actividad, la trazabilidad de los inmuebles y la seguridad jurídica del sector”.

Asimismo, Cano ha destacado que la sentencia coincide con las advertencias realizadas tanto por la Generalitat como por las instituciones europeas respecto a la incompatibilidad de someter una misma vivienda a más de un procedimiento de registro obligatorio, al recordar el Supremo que el Reglamento europeo no exige un registro nacional y prohíbe duplicidades sobre un mismo inmueble. 

La consellera ha subrayado que “siempre hemos defendido que era necesario combatir el intrusismo y reforzar el control sobre los alquileres turísticos ilegales, pero desde la cooperación institucional y el respeto al marco competencial, no creando estructuras paralelas que duplicaban registros ya existentes”.

En esta línea, Cano ha recordado que “la Comunitat Valenciana comparte plenamente los objetivos del Reglamento europeo sobre alquileres de corta duración y la necesidad de contar con información fiable y mecanismos eficaces de control”, aunque ha remarcado que “Europa apuesta por la coordinación de datos, no por la acumulación de registros y trámites administrativos”.

No obstante, la consellera ha recordado que la sentencia mantiene plenamente vigente la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, así como las obligaciones de transmisión de datos por parte de las plataformas digitales y el intercambio de información con fines estadísticos, aspectos sobre los que el Tribunal Supremo sí reconoce competencia estatal. 

Marián Cano ha exigido al Gobierno de España el cumplimiento inmediato de la sentencia y la apertura de una nueva etapa de diálogo con las comunidades autónomas para construir “un sistema coordinado que permita perseguir la oferta ilegal sin perjudicar a quienes cumplen la normativa”.

Cabe recordar que la Generalitat presentó el recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 1312/2024 que ha dado lugar a esta sentencia, al considerar que generaba una duplicidad de procedimientos y excedía el marco competencial estatal en materia de turismo. 


Publicado por Noticias Comunitat Valenciana (NCV)

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