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25 jul 2016 NCV (Noticias Comunitat Valenciana)

Justicia aprueba el 82% de las solicitudes para recibir asistencia jurídica gratuita entre abril y junio

Justicia aprueba el 82% de las solicitudes para recibir asistencia jurídica gratuita entre abril y junio
Valencia, 25/07/2016
La Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, a través de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, ha aprobado la concesión del 82 por ciento de las solicitudes presentadas por los ciudadanos de las tres provincias para recibir asistencia jurídica gratuita durante el segundo trimestre de 2016. En concreto, entre los meses de abril y junio, de las 31.528 solicitudes presentadas en los servicios territoriales de Alicante, Castellón y Valencia se resolvieron favorablemente el 82 por ciento, es decir, 25.878.

Por provincias, fue Alicante la que mayor número de expedientes registró, con un total de 14.588, de los cuales, fueron estimados favorablemente 11.220 (el 76'91 por ciento) y desfavorablemente otros 763 (el 5'23 por ciento). Los otros 2.605 expedientes (el 17'86 por ciento) fueron archivados. Durante el mismo trimestre del año pasado se registraron un total de 10.367 expedientes.

En la provincia de Valencia, los servicios territoriales tramitaron entre abril y junio de este año un total de 14.188 expedientes, de los cuales, fueron estimatorios 12.100 (el 85'28 por ciento), desestimatorios otros 1.365 (el 9'62 por ciento) y fueron archivados 723 (el 5'10 por ciento) .En el mismo periodo de 2015 se tramitaron 15.397.

Por último, en Castellón se tramitaron un total de 2.752 solicitudes (frente a las 2.954 del año pasado), de las que se aceptaron el 92'25 por ciento de ellas (2.558), se rechazaron el 5'81 por ciento (160) y se procedió al archivo del 1'24 por ciento restante (34).

La Generalitat gestiona las solicitudes de Justicia Gratuita desde el año 2001 y pueden solicitarla todos los ciudadanos españoles, los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y los extranjeros que residan en España, cuando acrediten insuficiencia de recursos para litigar.

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