Agricultura y Medio Ambiente prohíbe las quemas agrícolas entre junio y octubre en suelo forestal o en sus inmediaciones
Valencia, 02/06/2019 La Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural prohíbe entre el 1 de junio y el 16 de octubre todas las actividades relacionadas con la quema de restos agrícolas recogidas en los planes locales de quemas o en autorizaciones nominativas en los terrenos forestales, en los colindantes o a menos de 500 metros. Se entiende por "quemas agrícolas" las de márgenes de cultivo o de restos agrícolas o forestales, así como la quema de cañares, carrizales o matorrales. No obstante, los municipios que cuenten con planes locales de quema con regulación especial (aquellos que tienen planes locales de quema aprobados en los que se permiten las quemas agrícolas en los meses de julio, agosto y septiembre, con las condiciones específicas establecidas en cada plan) podrán realizar las quemas siempre que se ajusten a los requisitos establecidos para la citada regulación especial y cuando el nivel de preemergencia por riesgo de ince...