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30 jun 2009 NCV (Noticias Comunitat Valenciana)

Abierto el plazo de información pública para el nuevo Reglamento de Pirotecnia

Trasposición de la Directiva de productos pirotécnicos

- La nueva normativa pirotécnica permitirá la celebración de las fiestas tradicionales y garantizará la seguridad y la protección de los participantes en los festejos
- El inicio del trámite de información pública, cuyo plazo fue comprometido por Industria ante las CCAA, obedece a que se pueda cumplir con holgura la incorporación del nuevo Reglamento de Pirotecnia al ordenamiento interno nacional antes de la fecha límite del 4 de enero de 2010
- Industria recuerda que no hay que perder de vista que en el manejo y la manipulación de los artículos pirotécnicos el riesgo existe y apela al sentido común de la ciudadanía para reducir al mínimo los accidentes causados durante la manipulación de este tipo de productos

30/06/2009
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha abierto el trámite de información pública de la propuesta de Reglamento de Artificios Pirotécnicos y Cartuchería por el que se traspone a la legislación española la Directiva Europea 2007/23/CE sobre la puesta en mercado de productos pirotécnicos, publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea el 14 de junio de 2007.

El inicio del trámite, cuyo plazo fue comprometido por el Ministerio de Industria ante las Comunidades Autónomas, obedece a que se pueda cumplir con holgura la incorporación del nuevo Reglamento de Pirotecnia al ordenamiento interno nacional antes de la fecha límite del 4 de enero de 2010.

El texto del Reglamento, para cuya redacción Industria invitó a las Comunidades Autónomas a que aportaran sus sugerencias, defiende como principios irrenunciables la protección y la seguridad de los consumidores, y aporta sobre las directrices europeas una serie de especificidades que permitirán la continuidad de la celebración de los tradicionales festejos españoles en los que se utilicen estos productos.

En la Directiva europea se establecen, entre otras cosas, las normas concebidas para lograr la libre circulación de artículos pirotécnicos en el mercado interior, garantizando al mismo tiempo un alto nivel de protección de la salud humana y seguridad pública y de los consumidores, y teniendo en cuenta los aspectos pertinentes de protección del medio ambiente.

El texto de la transposición española no olvida que, por razones de seguridad, no se puede obviar el hecho de que este tipo de productos, si bien son bastante comunes y de uso popular, contienen mezclas pirotécnicas y sustancias detonantes de alta peligrosidad, pero incorpora una serie de novedades, sugeridas en parte por las propias Comunidades Autónomas, que garantizan la continuidad de la celebración de las tradicionales fiestas españolas en las que se haga uso de artículos pirotécnicos.

Con la finalidad de llegar a un texto consensuado con todos los agentes interesados, el Ministerio de Industria ha mantenido reuniones previas con las Comunidades Autónomas, la Federación Española de Municipios y Provincias, las principales asociaciones y fabricantes nacionales y las principales federaciones y grupos de fiestas de la Comunitat Valenciana, Cataluña y Baleares, comunidades autónomas en las que se utilizan más frecuentemente y con mayor intensidad los productos pirotécnicos en diferentes festejos y actos sociales, con el fin de conocer sus observaciones y atender sus inquietudes, antes de proceder al preceptivo trámite de información pública que se inicia ahora.

La nueva normativa pirotécnica permitirá la celebración de las fiestas tradicionales españolas, garantizando en todo caso la seguridad ciudadana.

No obstante, no hay que perder de vista que en el manejo y la manipulación de los artículos pirotécnicos existe un riesgo. En este sentido, el Gobierno apela al sentido común de la ciudadanía para reducir al mínimo los accidentes causados durante la manipulación de este tipo de productos.

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