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23 nov 2021 NCV (Noticias Comunitat Valenciana)

Vivienda publica en la web los listados provisionales del 'Programa de Ayudas al Alquiler Joven y General 2021'

  • El plazo para presentar alegaciones o subsanar documentación empieza el 23 de noviembre hasta el 7 de diciembre
  • La presentación de las alegaciones o documentación se deberá realizar mediante trámite telemático

Valencia, 23/11/2021
La Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática publica en su página web los listados provisionales de las personas solicitantes del Programa de Ayudas al Alquiler de Vivienda y el Programa de Ayudas al Alquiler para Jóvenes de la convocatoria 2021.

En los listados figuran aquellas personas solicitantes cuya documentación está completa y aquellas que deben aportar documentación, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2, de la base undécima de la Orden 3/2021, de 13 de mayo, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática.

La directora general de Emergencia Habitacional y Función Social, Pura Peris, ha explicado que el plazo para formular alegaciones, aportar documentación o subsanar será desde hoy 23 de noviembre hasta el próximo 7 de diciembre, ambos inclusive. Asimismo, Pura Peris ha señalado que la presentación de las alegaciones y/o documentación se deberá realizar exclusivamente mediante trámite telemático con certificado digital o cl@ve.

Para aquellas personas que así lo requieran, se facilitará ayuda para la aportación de documentación por parte de los Servicios Territoriales de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, con cita previa que se puede solicitar a través del teléfono de información de la Generalitat 012 (o 963866000) o bien a través de la web de la guía PROP.

Por último, en breve, se va a publicar en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana la ampliación del plazo de aportación de los recibos justificativos del pago del alquiler. Se amplía el plazo de aportación de recibos hasta el 20 de diciembre, inclusive. En este segundo plazo, se presentarán los justificantes bancarios correspondientes al pago de la renta de los meses vencidos posteriores a la presentación de la solicitud hasta el mes de diciembre inclusive, si se dispone del mismo.


Publicado por Noticias Comunitat Valenciana (NCV)